Blog de Carlos J. García

Qué es el feminismo y qué relación tiene con la violencia de género

La supervivencia de cualquier pueblo, nación o sociedad depende de la satisfacción de múltiples tipos de necesidades diferentes: producción o recolección de alimentos; reproducción sexual; establecimiento de vínculos afectivos infantiles; cuidado de la progenie; defensa frente agresiones externas; cooperación para la resolución de catástrofes; construcción y cuidado de viviendas y otros edificios; gestión del suministro de agua; educación en la propia cultura y de índole general; formación en principios y valores; aprendizaje de oficios y profesiones; desarrollo y construcción de maquinaria; gestión de lo público; cuidados médicos e higiénicos… La relación es interminable, siempre lo ha sido y siempre lo será.

El reparto de toda esa ingente cantidad de tareas entre los miembros de un pueblo debe orientarse a conseguir la máxima eficiencia y, por lo tanto, ha de atenerse a condicionantes económicos básicos, lo cual requiere criterios idóneos de selección de las personas según sus condiciones físicas, biológicas, de desarrollo, personales, etc., para la atribución de tareas y responsabilidades pertinentes.

En mi opinión este ha sido el factor determinante que a lo largo de la historia ha dado lugar al reparto de tareas en cada población y en cada familia de cada una de ellas.

Ahora bien, el desarrollo tecnológico que ha ido produciéndose paulatinamente desde hace miles de años, ha conllevado cambios en los criterios de atribución de tareas a los miembros de todas las sociedades, debido a la mejora de recursos, de herramientas, de aprendizaje y de múltiples factores de producción y de gestión.

Niñas, niños, mujeres, varones, ancianos, ancianas, todos han contribuido a la supervivencia de los pueblos según las necesidades de estos y la idoneidad de las cualidades de cada cual para hacerse cargo de diferentes tareas de forma correspondiente.

Los pueblos no han podido permitirse el lujo de cometer errores graves en el reparto de tareas por introducir factores extraños en los criterios de atribución, sin poner en riesgo su economía y su supervivencia. Los que los hayan cometido seguramente no han sobrevivido en la historia.

Las cualidades históricamente atribuidas a las mujeres en función de sus características naturales se han dado en llamar femeninas, pero no debemos suponer que la feminidad haya sido siempre un perfil invariable sino todo lo contrario. Tampoco debemos suponer que la masculinidad, en tanto características socialmente atribuidas a los varones, haya permanecido invariable a lo largo de los siglos en ninguna cultura que haya sobrevivido.

Por otro lado, es un prejuicio muy extraño aquel por el cual se consideren unas tareas, profesiones u oficios, que son imprescindibles para la supervivencia de un pueblo, como mejores, más importantes o más valiosos que otros: por ejemplo, los públicos superiores a los domésticos, los masculinos mejores que los femeninos, los de defensa mejores que los de educación, etc., etc.

En la medida en que todos son necesarios, todos son igual de importantes y, salvo los individuos con ansias de poder e intolerancia a servir, no podemos dar por supuesto que en los pueblos que nos anteceden en la historia, haya habido diferentes juicios de valor acerca de las labores de cada cual, a menos que alguien no hiciera bien la tarea de la cual fuera responsable.

Si nos ponemos a mirar la historia desde dogmas o creencias contemporáneos y emitimos juicios acerca de lo que nuestros ancestros hacían para salir adelante, con toda seguridad erraremos en nuestros juicios acerca de ellos.

La invención sociológica de las clases sociales en el siglo XIX conllevó aplicar dicha categoría a elementos individuales por su adscripción a conceptos universales: la clase de los obreros, la clase de los hombres, la clase de los amos, la clase de las mujeres, la clase de los propietarios, etc.

El concepto se puede sacar por abstracción desechando todas las diferencias individuales de los elementos de un conjunto y, también, por oposición a otro concepto extraído de otro conjunto de elementos.

Por ejemplo, si sacamos el concepto “mujer” de lo que de común tiene el conjunto de todas las mujeres y solo de las mujeres, se supone que llegaríamos a una definición exacta de la clase “mujer”, y si hacemos lo propio con el conjunto de los hombres, llegaríamos a la definición del “hombre”, las cuales deberían diferenciar perfectamente a los hombres de las mujeres.

Ahora bien, si creemos que haciendo ese concepto diferencial de mujer o de hombre podremos definir a las mujeres y a los hombres de verdad, estaremos equivocados.

Si empleamos la oposición de conjuntos para la definición de los conceptos, en vez de extraer lo que de común tienen todos los elementos de cada conjunto y de lo que tienen entre ambos, dichos conceptos estarán falseados.

Los hombres y las mujeres tenemos mucho en común por cuanto todos somos seres humanos y, además, tenemos algunas cosas diferentes, sobre todo en relación con los órganos sexuales y con las capacidades necesarias para la reproducción y supervivencia de la prole, en todo lo cual somos complementarios.

Sin entrar en matizaciones, la complementariedad no significa oposición sino todo lo contrario. Un hombre y una mujer componen un sistema reproductivo completo.

Lo mismo que un pueblo propiamente dicho, compone un sistema que resulta suficiente para la supervivencia de sus integrantes, la familia compuesta de un hombre una mujer y su descendencia, compone una unidad reproductiva fundamental para la supervivencia del propio pueblo.

Poner a la mujer que está integrada en una pareja y al hombre correspondiente, como pertenecientes a clases sociales opuestas no deja de ser una perspectiva que solo puede dañar la realidad de ambos y de su relación. Lo suyo es lo común y lo complementario, no lo diferencial en oposición.

Esa pareja, en función de la etapa histórica que les haya tocado vivir y de los recursos materiales y tecnológicos que hayan tenido a su disposición, tendrán o habrán tenido unas funciones comunes y otras diferentes, y si les suponemos una sensatez básica, ninguno de ellos creerá ser más, superior o mejor que el otro, en función de las tareas que, por economía, supervivencia y cuidado de la prole, hayan tenido que asumir.

Si todo esto se suprime de la percepción de hombres y mujeres, y en su lugar lo que se vea está determinado por la adscripción de cada miembro a clases sociales en oposición, e, incluso, cuando esta última perspectiva se inyecta en quienes componen una pareja concreta, la realidad se diluye y se insta a la oposición de uno contra el otro.

No obstante, la clave fundamental de lo que ocurra en las relaciones de pareja y, en general, en las relaciones entre hombres y mujeres es la personalidad de cada uno de quienes las efectúan o participan de ellas.

Un hombre malo con una mujer buena; una mujer mala con un hombre bueno; un hombre y una mujer ambos buenos; un hombre y una mujer, ambos malos. Tal es la cuestión decisiva de lo que ocurra en cada relación.

Concretando algo más, puede entenderse que esa maldad y esa bondad están significativamente saturadas del factor del poder.

Cuando un hombre o una mujer desean tener poder sobre el otro miembro de la relación, la noción misma de pareja se torna absurda y su viabilidad imposible.

Cuando ambos establecen una lucha por el poder ocurre lo mismo, pero también se da el caso de que un par de individuos de distinto género ávidos de poder aparenten formar una pareja de tipo familiar, cuando simplemente forman una asociación para la delincuencia (que es el caso de la pareja protagonista de la serie House of Cards).

Ahora bien, cuando se han formado las clases de hombre y mujer en oposición y beligerancia manifiesta, como ocurre actualmente, y las actitudes correspondientes a determinadas mujeres se refieren al feminismo, estamos ante militancias políticas propiamente dichas.

En cuanto al feminismo asociado a la revolución occidental actual que está en marcha desde la Ilustración, cabe destacar tres fases significativamente diferentes:

 

PRIMERA. La mujer no es igual que el varón y no debe trabajar sino ser alimentada por él

El orden de la revolución en marcha según Comte es el siguiente: 1) Revolución filosófica, 2) Revolución burguesa, 3) Revolución proletaria y 4) Revolución femenina.

No obstante, la revolución de la mujer era exactamente lo contrario de la segunda etapa del feminismo que perseguía la igualdad.

 «El hombre debe alimentar a la mujer a fin de que pueda cumplir convenientemente un santo destino social». Se trata de una cita textual del proyecto de Augusto Comte [i], el gran director de orquesta de uno de los mayores impulsos dados a la modernidad, que en el siglo XIX inventó la sociología, el positivismo lógico, suprimió la psicología, etc., y que posiblemente haya influido en ciertos aspectos ideológicos relativos a la servidumbre del hombre hacia la mujer.

La idea completa de Comte al respecto es la siguiente:

«La revolución femenina debe ahora completar la revolución proletaria, como ésta consolida la revolución burguesa, emanada a su vez de la revolución filosófica. […]En tanto que no se extienda este movimiento hasta las mujeres, no puede llegar más que a prolongar nuestras deplorables oscilaciones entre la retrogradación y la anarquía. […] Se liga, sobre todo, a la revolución popular, según la evidente solidaridad que subordina la incorporación social del proletariado a la digna redención de la mujer de todo trabajo exterior. Sin esta universal emancipación, complemento necesario de la abolición de la servidumbre, la familia proletaria no podrá ser verdaderamente constituida, puesto que la existencia femenina queda en ella habitualmente abandonada a la horrible alternativa entre la miseria y una prostitución.» (pp. 133-134)

 

SEGUNDA. La igualación de derechos con independencia del género.

Un feminismo, al que suponemos emergente hacia final del siglo XIX y principios del XX, fue de tipo igualitario en el terreno del sufragismo anglosajón y en cuanto al reconocimiento a las mujeres de otros derechos que tenían los varones.

La participación social políticamente activa, y la adquisición de más independencia y autonomía en lo social y en lo económico, para su equiparación con las que tenían los varones fueron demandas lógicas razonables y, además, fundadas en el nivel de desarrollo tecnológico y organizativo alcanzado por la civilización occidental en dicha época.

Desde una perspectiva ontológica, ese primer movimiento feminista aspiraba a un reconocimiento igualitario del valor sustantivo de hombres y mujeres y, con ello a asumir una igualdad de responsabilidades y tareas de muchos tipos, lo cual ocurrió en relativamente pocas décadas. Las mujeres querían que se les reconociera todo eso que de común tenían con los hombres sin perder nada de aquello que las diferenciaba, lo cual estaba bien planteado.

A este feminismo se sumó posteriormente la liberación sexual de la mujer con el apoyo del desarrollo de métodos anticonceptivos nuevos y eficaces con los que se podía desvincular la sexualidad de la reproducción.

 

TERCERA. La victimización de la mujer y la criminalización del varón.

El feminismo actual es completamente diferente al anterior pues tiene una concepción de la mujer objetual en vez de sustantiva.

Al sostener el dogma de que la mujer es víctima del varón cuya naturaleza es dominante, soberbia y violenta, se desprende de él que la mujer carece de atributos sustantivos por lo que debe ser protegida del varón y recibir discriminación positiva por parte de la sociedad para nivelar la desigualdad.

Ahora bien, este enfoque tiene un gran parecido con el expuesto por Augusto Comte en el siglo XIX que juzga a la mujer como un ser inferior al varón que no se vale por sí misma para sacar su vida adelante.

Es, por lo tanto, un feminismo que degrada a la mujer a niveles de incapacidad totalmente falsos y la trata como si padeciera algún tipo de invalidez existencial, que solo un fuerte apoyo social, económico y legal especialmente diseñado para corregir la desigualdad, podría resolver.

Si el feminismo de Comte sostenía que la mujer debe ser alimentada por el hombre, el feminismo actual parece volver sobre el mismo asunto, pero ampliándolo hasta darle una protección mucho más amplia (leyes discriminatorias, cupos legales de participación, etc.), al tiempo que incurre en una criminalización del hombre por el mero hecho de haber nacido hombre, lo cual implica una discriminación por razón genética que se diferencia muy poco del racismo, también emergente en la modernidad como acertadamente desvelara Bauman.

El racismo como forma de ingeniería social es el título de uno de los capítulos del libro de Zygmunt Bauman, Modernidad y Holocausto[ii], que creo es de lectura obligada para quienes traten de comprender el asunto.

En tal capítulo, Bauman analiza, primero, en qué consiste el racismo y lo diferencia de otros fenómenos grupales como la heterofobia y la enemistad declarada. Afirma que «Fue la modernidad la que hizo posible el racismo y también la que creó su demanda. […] En resumen, el racismo es un arma moderna empleada en luchas premodernas, o, al menos, no exclusivamente modernas.»  (p. 82)

La esencia del racismo, definida por Bauman, no se diferencia demasiado de esa discriminación negativa del género masculino:

«… el racismo manifiesta la convicción de que existe cierta categoría de seres humanos que no se pueden incorporar al orden racional, por muchos esfuerzos que se hagan. […] En un mundo que proclama la formidable capacidad de la formación y de la conversión cultural, el racismo deja aparte a cierta categoría de personas a las que no se puede llegar (y, en consecuencia, no se pueden cultivar) ni por medio de la argumentación ni tampoco de ninguna otra herramienta de formación y, por lo tanto, seguirán siendo extrañas siempre. En resumen, en el mundo moderno, que se distingue por su ambición de autocontrol y autoadministración, el racismo declara que existe cierta categoría de personas que se resiste endémica e irremisiblemente al control y es inmune a cualquier esfuerzo para mejorar.» (pp. 86-87)

El texto de Bauman igual se podría aplicar a juicios sobre razas que a juicios sobre clases sociales o, todavía más, a una “clase sexual”, como es la del varón, hombre o macho.

Da la impresión de que la intensa propaganda de la ideología feminista actual, plenamente vinculada a la denominada violencia de género, asume que los defectos que se atribuyen al varón o al género masculino no pueden ser resueltos por conversión cultural y precisan de programas sistemáticos de castigo que los repriman para salvar a las mujeres de ellos.

Si eso es así, el machismo en definitiva no se refiere a un cierto subconjunto de varones psicosexualmente inseguros o que hayan aprendido actitudes irracionales para relacionarse con las mujeres, a ser fanfarrones, etc., sino que es el modo de ser etológicamente vinculado al sexo masculino y, por tanto, un defecto genético universal del sexo masculino.

Lo que es obvio es que este feminismo no está reaccionando a nada nuevo que ocurra desde su emergencia en torno al año 2000, sino que es producto de la ingeniería social tal como la plantea Bauman y, como hemos visto, también reconoce uno de los ideólogos más influyentes de la civilización actual como fue Augusto Comte, no solo en este campo sino en muchísimos otros, y de manera muy destacada, el científico.

Si todo esto acaba calando en la mentalidad occidental, las mujeres acabarán perdiendo la autoestima por su desvalimiento frente al varón; los hombres la perderán por la malignación moral de su propia naturaleza masculina; las relaciones de pareja se tornarán imposibles y la reproducción natural de la especie habrá concluido.

Como dije antes, hay hombres malos, hombres buenos, mujeres malas y mujeres buenas. Los malos y las malas aplican violencia sobre los buenos y las buenas y esto ocurre tanto dentro como fuera de las parejas.

Cuando se atribuye un homicidio o un asesinato de una mujer efectuado por un hombre vinculado a una relación de pareja pasada o presente, al machismo, hasta el punto de que se transmite la idea de que es el género biológico del varón lo que causa la muerte de la mujer se está violando el principio de razón suficiente, también conocido como principio causal.

Ni el género de la víctima ni el del verdugo pueden ser la causa del crimen por cuanto la ocurrencia de la cusa determina la producción del efecto siempre y sin excepciones.

Aproximadamente 3.500 millones de individuos en el mundo son del genero masculino y otros 3.500 millones son del género femenino, y gran parte de ambos conjuntos establecen relaciones de pareja entre sí de manera habitual, por lo que, si el género fuera causa de los crímenes, la humanidad habría desaparecido hace muchísimo tiempo.

Todos y cada uno de los crímenes que se cometen, en este y en cualquier otro ámbito, deben ser investigados causalmente de modo preciso y exhaustivo hasta acceder al conocimiento de todos y cada uno de los factores que los han producido, lo cual es mucho más complicado que atribuirlos a un factor tan amplio como el género. Dicha simplificación es necesariamente falsa y muy dañina para muchísimas personas.

En mi opinión nos encontramos ante una de las ramas del humanismo ateo que opera sobre la destrucción de los seres humanos y de las naciones que tratan de protegerlos, prometiendo su futuro bienestar, pero generando todo tipo de discordias interpersonales, sociales y poblacionales que acaban dañando toda posibilidad de coexistencia.

Examinemos a continuación algunos aspectos de la llamada Ley de violencia de género, poniendo especial énfasis en su aplicación en un caso reciente por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, sentencia que crea jurisprudencia y, por tanto, especifica futuras aplicaciones de la Ley.

El motivo principal que justificó la promulgación de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de 2004 de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, presume la existencia de un defecto sociocultural grave consistente en un marco de relaciones hombre-mujer caracterizado por la dominación de la primera clase sobre la segunda.

En dicha ley se especifica qué debe entenderse por violencia de género:

«La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia».

Se promulga, por lo tanto, bajo el presupuesto general de que hay una situación de discriminación y desigualdad y unas relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, de las que una de sus manifestaciones es la violencia que ejerce el hombre sobre la mujer en las relaciones de pareja.

La interpretación que efectúa la sección penal del Tribunal Supremo en su sentencia del 20 de diciembre de 2018 condenando al miembro masculino de una pareja que tuvo una riña (en la que ella primero le propinó un puñetazo a él, él a ella un tortazo y ella a él una patada, en ambos casos sin lesiones y sin denuncias posteriores) aplicando la citada Ley y, por lo tanto, condenándole a él por la comisión de un delito penal al doble de pena de prisión que a ella, no deja lugar a dudas en cuanto a la presunción de que la conducta de él es manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

En el apartado 1,1 de dicha Ley se afirma que la «violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física o psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad».

Por lo tanto, no se exige que concurra en tales actos un determinado propósito en el agresor, tampoco es relevante que las agresiones sean unilaterales de un miembro al otro o recíprocas, ni tampoco se requiere el elemento subjetivo de que esté presente una posición de dominio, desigualdad o discriminación del hombre que efectúa el acto sobre la mujer.

No importa si la conducta del hombre carece de connotaciones machistas, la intención de sojuzgar a la pareja o ejercer o mantener una situación de dominación sobre ella. Basta con el hecho de que el acto se enmarque en “el contexto de una reprobable concepción implantada en ámbitos culturales o sociales de predominio del varón sobre la mujer” salvo que el hombre asumiendo la carga de la prueba de su inocencia demuestre que el acto obedece a unas coordenadas radicalmente diferentes.

Además, “La situación en concreto de mayor o menor desigualdad es irrelevante. Lo básico es el contexto sociológico de desequilibrio de las relaciones: eso es lo que el legislador quiere prevenir y lo que se sanciona más gravemente, aunque el autor tenga unas acreditadas convicciones sobre la esencial igualdad entre varón y mujer”.

En síntesis, dado que vivimos en una sociedad en la que impera un predominio del varón sobre la mujer, cualquier acto considerado violento de un hombre hacia su pareja, al margen de cualquier otro asunto, incluyendo la propia relación concreta existente entre ambos, se considera violencia de genero.

Da igual lo que el hombre crea, quiera, sea, diga o haga, y, también, lo que ella crea, quiera, sea, diga o haga. Da igual cómo sea la relación de pareja, hasta el punto de que en ella no exista dominación ni subordinación alguna, basta con que alguien afirme que un acto de un varón inserto en una relación de pareja es violento, para que aquello sea violencia de género y se le condene discriminándole negativamente.

En mi opinión dicha Ley es anticonstitucional dado que en la Constitución vigente se encuentra el siguiente artículo fundamental:

«Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.»

No solo se discrimina a los varones negativamente por razón de sexo, sino que en dicho artículo se afirma que somos iguales ante la Ley sin que pueda prevalecer «cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Este último párrafo no debe pasar inadvertido, pues en él caben dos factores circunstanciales que están promulgados en dicha Ley Orgánica 1/2004:

  • La concurrencia de una relación de pareja pasada o presente, y
  • La concurrencia de una supuesta «situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres».

Ahora bien, al margen de estas consideraciones legales, la ley se basa en un supuesto sociocultural que nadie ha demostrado, ni para el momento en que se promulgó la Ley, ni tampoco se han considerado las posibles modificaciones socioculturales ocurridas en los catorce años transcurridos desde que se promulgó, que consiste en esa «situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres».

En este sentido, cabe la posibilidad de que dichas condiciones socioculturales no fueran ciertas en el año 2004, habida cuenta de las modificaciones históricas ocurridas con respecto a los avances en el tema de igualdad entre hombre y mujeres desde hace muchas décadas y en concreto desde mediados del siglo XIX y que no han cesado desde entonces.

No obstante, dada la vigencia actual de dicha Ley a 2019, se presume que no ha habido ningún cambio sociocultural en esa supuesta situación de desigualdad a lo largo de estos años transcurridos, por lo que la eficacia de la misma, para influir en la reducción de esa supuesta desigualdad, debe considerarse nula.

Por otro lado, la citada sentencia del TS, aplicada sin que hayan ocurrido daños o lesiones en dicha riña de pareja, y sin que haya habido denuncia por parte de ninguno de sus integrantes, responde a un recurso de la fiscalía que fue el sujeto que promovió la denuncia.

Aparte de otras medidas a ambos miembros, el TS sentenció al varón a seis meses de prisión, a la mujer a tres meses de prisión y, a ambos, a la prohibición de aproximación a menos de 200 metros del otro miembro, de su domicilio, lugar de trabajo y cualquiera frecuentado por él/ella y de comunicación por cualquier medio respecto del mismo por tiempo de un año y seis meses.

Es decir, aparte de la desigualdad en lo referido a las penas de prisión, la sentencia incluye una incomunicación forzosa de ambos miembros durante un año y medio.

Así que aquella riña en la que discutieron junto a una discoteca, motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, fue causa de que la relación fuera rota de facto por el Tribunal Supremo.

¿Hasta qué punto deben intervenir instancias fiscales o judiciales en las relaciones interpersonales cuando uno o ambos integrantes no han solicitado la intervención de la justicia?

Se entiende que esa línea no es fácil de definir con exactitud de modo universal y procedería examinar pormenorizadamente las condiciones y las acciones, actual o potencialmente dañinas, que ocurran dentro de ellas, si bien, la enorme complejidad de las relaciones de pareja y los diversos estadios por los que atraviesan merecerían primariamente procurar el bien de las mismas cuando éste sea posible, o al menos, evitar males mayores.

Por último, debemos fijarnos en el posible impacto que una Ley discriminatoria como la comentada y, en especial, el presupuesto del que parte, pueda tener en las vidas de las personas y en las relaciones que tengan o puedan tener.

Como hemos visto, el supuesto es la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, el cual hace referencia directa a que el conjunto de las mujeres es víctima de discriminación, desigualdad y el poder del conjunto de los hombres, mientras estos son lo sujetos de la violencia relativa a esos tres factores.

Si el conjunto de la población llega a creer que eso es verdad, y nos situamos en cualquier relación de pareja que de hecho exista, la mujer percibirá al varón como un agresor, mientras el varón percibirá a la mujer como un ser indefenso que, por ser víctima de él, tiene el respaldo de todo el poder que le otorgan la sociedad, la cultura, las leyes y, en general, todo el poder del estado, todo lo cual puede cernirse contra él en cuanto la mujer lo reclame.

De ahí que la víctima-mujer se convierte en verdugo potencial del varón, mientras el verdugo-varón se convierte en víctima potencial de la mujer y del Estado.

La inyección de estas percepciones mediadas por las creencias correspondientes es susceptible de generar múltiples desconfianzas, aversiones, amenazas y conflictividad dentro de las parejas, e incluso, actitudes de miedo hacia las posibles futuras relaciones, lo cual es una espada de Damocles sobre las relaciones de pareja que, cada vez más, serán percibidas como relaciones peligrosas.

Obviamente, todos esos componentes de posible odio o aversión entre los dos géneros, por el mero hecho de ser géneros, puede dañar profundamente el conjunto de la cultura, la sociedad y la formación de relaciones reproductivas, que dieran lugar a nuevas familias naturales, además de enturbiar los posibles estados de felicidad a los que generalmente se asocian.

[i] COMTE, AUGUSTO; La filosofía positiva; 8ª ed.; ed. de Francisco Larroyo; EDITORIAL PORRÚA, S.A., DE C.V.-4; México, D.F., 2000

[ii] BAUMAN, ZYGMUNT: Modernidad y Holocausto; trad. Ana Mendoza; Ediciones Sequitur; Toledo, 1997

6 Comments
  • Lola on 24/01/2019

    Hola Carlos, me ha encantado el artículo. Para mí está siendo muy triste ver a gente de mi entorno de género femenino de la que nunca he deducido que se sintieran víctimas con respecto al hombre, como se están creyendo estas mentiras (o diciendo que las creen), como están perdiendo la poca complicidad que tenían con sus respectivas parejas o amigos varones, asegurando además que en realidad siempre se han sentido oprimidas por ellos y no lo han dicho por miedo o alguna otra razón que les quite la responsabilidad…En mi opinión hay algo que falla en todo el discurso, si realmente el varón tendiera por naturaleza a establecer esas relaciones de poder con respecto a la mujer, creo que no sería tan gilipollas como para utilizar la violencia física, que es lo único que deja huellas ante otro posible observador para conseguirlo, eso es de primero de «maldad». También me molesta profundamente que se esté obviando casi por completo la parte psicológica en todos los ejemplos de violencia que nos han dado a conocer, atendiendo casi exclusivamente a los datos y las pruebas observables para supuestamente llegar a conocer lo que ha pasado en cada caso.
    Saludos.

    • Carlos J. García on 24/01/2019

      Yo creo que hay una estrechez moral de fondo muy común en esta época, que se puede resumir en un egoísmo por el que la gente cree que su bien es satisfacer sus intereses, aunque con ello arruine su propio bien y el bien general. Estas actitudes son de una torpeza, incluso práctica, sin precedentes “Como me beneficia tal movimiento o tales ideas, me sumo a él sin examinar los efectos que dicho movimiento causará en el conjunto de la sociedad y, por lo tanto, en un segundo momento recaerán sobre mí”. Mucha gente se está labrando su propio perjuicio a base de aceptar prebendas que resultan muy dañinas para el conjunto.

      También influye mucho la lluvia fina cotidiana que cae sobre las mujeres en el sentido de que la que no suba al carro está traicionando a su propia condición de mujer y caen en la trampa de que la razón está del lado de la mayoría.

      Por otro lado, la revolución cultural de este feminismo de tercera generación sigue la lógica de todas las revoluciones.

      Como justificación común a todas las revoluciones políticas, también introduce el presupuesto de que en la sociedad hay una clase de víctimas y otra de verdugos, por lo que, atendiendo a valores de justicia universal, las víctimas deben sublevarse contra los verdugos y vencerlos con todos los medios a su alcance.

      Cuando se define políticamente una clase como víctima de otra, en el fondo se hace implícita una declaración de guerra y en tal contexto ya todo vale: mentiras, violencia, odios, etc. Se trata de una nueva lucha de clases de la que sale perdiendo la propia sociedad.

      En la propia ley principal de violencia de género se especifica dicho conflicto que, dicho brevemente, consiste en que los españoles, por el mero hecho de ser hombres, tenemos discriminadas, subordinadas, y dominadas a las españolas, por el simple hecho de que son mujeres, y esto ocurre con una incidencia tal que produce un rechazo colectivo y una evidente alarma social desde que ha dejado de ser un delito invisible.

      Obviamente todo eso es falso. Lo cierto es que en 2007 solo 23 países en el mundo incluyendo a España registraban y hacían públicos los datos sobre muertes de mujeres a manos de su pareja o expareja por lo que se infiere que la situación en 2004 sería todavía menos universal.

      Además, España estaba a la cola de esos 23 países en “violencia de género”, por lo que lejos de ser cierto que «En la realidad española, las agresiones sobre las mujeres tienen una especial incidencia…», lo que ocurría en España era exactamente lo contrario: En España ese tipo de violencia no tenía ninguna especial incidencia.

      Es la propia ideología de género y la multitud de leyes en las que se expresa, la que está generando un conflicto social que no existía en el momento de su promulgación. Se trata como de costumbre de una herramienta para debilitar a la población, sus familias y todos sus componentes.

      Tienes toda la razón en tu comentario. No se puede confundir la violencia con agresiones físicas. Las formas de violencia que generalmente han empleado y emplean las mujeres no suelen ser tan evidentes y, a menudo, la agresividad es una forma de reacción a otras formas de violencia.

      Además, en la información que se ofrece a la población acerca de los delitos en cuestión, jamás se hace referencia a la verdadera causa de cada agresión o de cada acto de violencia. Esto encaja perfectamente con la oscuridad que deriva de la propia ley a afirmar que esa causa es la situación estructural de dominación del hombre sobre la mujer, la cual se manifiesta mediante dicha violencia.

      Me alegro de que te gustara el artículo. A mí también me ha gustado mucho tu comentario.

  • Francisco on 24/01/2019

    Gracias por el artículo. Es una situación muy fuerte con la que hay que convivir y cada vez más centrado en el interior de uno mismo porque el exterior es amenazante.

    • Carlos J. García on 24/01/2019

      Esa situación tan irreal que estamos experimentando no es tan difícil de percibir, lo cual ayuda a tener actitudes reales ante todo lo que está ocurriendo. Gracias por el comentario.

  • Sergio on 01/02/2019

    Hola Carlos. Lo primero, gracias por esta serie de artículos valientes que analizan los temas actuales y son una defensa contra el pensamiento único, la manipulación, la presión social y en general contra el sistema de poder que abarca todos los ámbitos. Respecto al feminismo actual, el artículo me ha ayudado a ver las diferentes fases del feminismo dentro de nuestra cultura y como la segunda etapa tiene su razón de ser coherente con los cambios dentro de la sociedad. Es el feminismo postmoderno en el que parte de una visión manipulada para lograr unos objetivos, esa lucha entre géneros de la que hablas, que tiene como objetivo último la destrucción de la realidad. De aquí saco, como reflexión a partir de lo leído, que el feminismo actual, además de la malignización del hombre y victimización de la mujer, persigue la desaparición del género como característica de la especie humana. Solo hay que ir al “término” violencia de género, para unir ambos conceptos como si uno fuera la causa de otro. Desde las entidades anti-reales en donde la ambigüedad y la falta de definición es la forma de atacar a la identidad del ser humano, sea hombre o mujer, el desprecio a la feminidad y a la masculinidad se realiza desde los diferentes ataques que has ido exponiendo. La feminidad en la mujer que se puede identificar con el cariño, la sensibilidad, el cuidado, etc., es vista como debilidad, como algo sin valor. Incluso la maternidad, basada en el amor y el cuidado de la prole, es cuestionada desde una visión de sacrificio y renuncia de otras formas existenciales (como la carrera profesional). Por otra parte, la masculinidad en el hombre, que puede ligarse a la fortaleza, la valentía, determinación, etc., es igualada con la soberbia, prepotencia, autoritarismo o egoísmo. Ambas condiciones son cuestionadas y se valora la ambigüedad, la falta de definición. En ese sentido, la mujer femenina y el hombre masculino se desprecian, dándose esa inversión de valor en el género que tanto gusta al anti-real. Así, no solo se cuestiona el género como causa de la violencia sino que se cuestiona su entidad real. De este modo, además de los múltiples problemas que está generando y generará esa visión del feminismo actual con la ley de violencia de género a la cabeza, como es: la susceptibilidad y defensividad entre parejas (aunque no haya una personalidad destructiva), la indefensión del hombre ante los ataques de una mujer anti-real o la manipulación de los hijos en las separaciones con el respaldo de la ley, etc., otro de los problemas que se produce, como consecuencia de esa desaparición de género como propiedad real, es el problema en la identidad de quien no es anti-real. Identificarse con su propio género es cada día más difícil ya que implica una visión negativa. Un saludo

    • Carlos J. García on 02/02/2019

      Magnífico análisis del enfoque de género que el monopolio del poder actual está imponiendo para destruir la realidad.

      El concepto y determinante principal impuesto en la etapa revolucionara más violenta de la Ilustración, del que salen esta y otras formas de generar violencia en el ser humano, es el de la igualdad.

      La imposición de la igualdad tiene tres vertientes principales.

      La primera afecta a la percepción. Se trata de imponer una visión distorsionada de la realidad por la que se eliminan las diferencias que poseen dos cosas diferentes. Cuando dos cosas que se diferencian entre sí por determinadas propiedades caen bajo el prejuicio de la igualdad, dichas diferencias desaparecen de la vista, la realidad no se percibe, desaparece de la visión y se impide su conocimiento.

      Por ejemplo, percibimos y sabemos que hay palomas porque también hay otras especies animales que no son palomas, como, por ejemplo, los tordos, los gorriones y otras muchas. De ahí que, si partiéramos del prejuicio de que todos los pájaros son iguales, sería imposible el conocimiento de todas esas especies.

      El campo perceptivo desaparecería en cuanto tal si solo hubiera una cosa en él, lo cual implicaría una ceguera absoluta. Podemos ver una cosa, porque sabemos que al menos hay dos.

      El camino de adoptar los monismos como prejuicios perceptivos conduce a la eliminación de la realidad en cuanto conocida por el agente.

      La segunda faceta que concierne a la igualdad es su imposición a sujetos diferentes. En este caso, cuando se fuerza a que dos cosas diferentes lleguen a ser materialmente iguales, necesariamente se eliminan las propiedades diferenciales de las dos, lo cual ataca la esencia de ambas en diversos grados o proporciones, lo cual puede llegar a su destrucción.

      La tercera faceta que puede derivar de un principio absurdo de la igualdad es la de tratar a dos cosas diferentes como si fueran iguales en lo referido a aspectos vinculados al propio trato. Este aspecto también puede implicar grados diversos de violencia.

      Cuando se estipula que todas las personas deben recibir el mismo trato legal por el mismo tipo de acciones, con independencia de su género, raza, etc., lo que se sostiene es la igualdad ante la ley de las conductas legisladas, pero precisamente, ese criterio deja al margen las condiciones personales de los sujetos que efectúen tales acciones. No se percibe igual a diferentes personas, sino las conductas que emitan cualesquiera personas en lo que se refiere a acciones que puedan ser dañinas para terceros. La ley no iguala personas, sino que tipifica acciones, por lo que a menudo se invoca erróneamente ese principio jurídico cuando alguien dice que todas las personas son iguales ante la ley.

      De hecho, uno de los contenidos más funestos de la legislación de violencia de género es que invierte tal principio jurídico, considerando que a igualdad de acciones de dos personas diferentes en cuanto al género que tengan, deben recibir un trato legal diferenciado. Las conductas se tratan como si fueran diferentes, aunque sean iguales, y se incluyen las condiciones personales diferenciadas por ley.

      Ahora bien, la eliminación revolucionaria antireal de las diferencias, aplicando el primer prejuicio igualitarista que niega la percepción de las diferencias de dos cosas diferentes, viene acompañado de prejuicios negativos que serían la explicación de ejercer dicho modo de violencia y, además, no de un modo tan simple como pueda parecer.

      La malignación de las diferencias propias de la masculinidad y, también, la malignación de las diferencias propias de la feminidad, se efectúa, como muy bien has expuesto, mediante su asociación con adjetivos prejuzgados negativamente.

      Sostienes acertadamente que “la feminidad en la mujer que se puede identificar con el cariño, la sensibilidad, el cuidado, etc., es vista como debilidad, como algo sin valor. Incluso la maternidad, basada en el amor y el cuidado de la prole, es cuestionada desde una visión de sacrificio y renuncia de otras formas existenciales (como la carrera profesional)”. Y también afirmas que “la masculinidad en el hombre, que puede ligarse a la fortaleza, la valentía, determinación, etc., es igualada con la soberbia, prepotencia, autoritarismo o egoísmo.”

      El desprecio del cariño, la sensibilidad, el cuidado, el amor y el cuidado de la prole, e, incluso, la clasificación de todas esas virtudes como debilidad, cuya conjunción remite a que una mujer que las posea o las ejerza es débil y/o no vale nada, equivale a una revolución catastrófica de principios y valores vinculados a la conservación de la vida.

      Así, se promueve que la mujer establezca relaciones de poder y suprima sus relaciones de amor y de ahí el término tan utilizado y benignado últimamente de “empoderamiento”.

      De forma complementaria, la fuerza, valentía y determinación asociadas a la masculinidad, se malignan por su falsa interpretación como soberbia, prepotencia, autoritarismo o egoísmo, lo cual suscitará que los hombres renieguen de aquellas virtudes pasando a convertirse en personas débiles, cobardes, pusilánimes, etc., lo cual tampoco favorecerá la conservación de la vida. Lo que sí hará será insertar a los hombres en esas mismas relaciones de poder a las que se incita a las mujeres, si bien como su polo subordinado.

      Además, en ambos casos se produce una merma grave de la sustantividad y de la autonomía personal.
      La sustantividad tiene por objeto las propias acciones, no las acciones de otras personas, y la autonomía es el gobierno de uno mismo no el gobierno de otros, lo cual es heteronomía.

      Si se pone a las mujeres a dominar a los hombres y a estos a dejarse gobernar por ellas, ambas sustantividades quedarán alteradas.

      Además, si se lleva a cabo tal proceso partiendo del falseamiento de las respectivas clases de identidad personal, éstas se combinarán con el problema de la sustantividad por lo que el «yo» de cualquier persona sea del género que sea, quedará alterado.

      El círculo antireal se cierra teniendo en cuenta que todo él se origina en los dos prejuicios que contiene la ideología negando la identidad sustantiva de las personas de ambos géneros: a la mujer percibiéndola como objeto víctima del varón, y el varón como sujeto de la condición de aquella.

      Por último, alguien podría ver todo este asunto como una igualación de los roles tradicionales masculino y femenino, lo cual sería un proceso de producción de androginia en el conjunto de la población, lo cual no sería tan lamentable como el proceso descrito.

      Si la mujer adquiriera en mayor medida las virtudes reales atribuidas a los varones (fuerza, valentía y determinación) y los varones, aquellas atribuidas a las mujeres (cariño, sensibilidad, cuidado, etc.), bajo el supuesto de que no formaran parte significativa de sus modos de ser actuales, no pasaría nada negativo, pero lo cierto es que las personas reales de ambos sexos ya tienen incorporadas ambas clases de virtudes desde hace mucho tiempo.

      Las propuestas implícitas en el establecimiento de relaciones de poder entre ambos géneros remiten a una eliminación de todas las virtudes reales en vez de a su desarrollo. Tanto si el hombre ejerce poder sobre la mujer, como si ocurre al contrario el resultado será igual de malo para el conjunto de personas reales.

      Gracias Sergio, ha sido una gran aportación.

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